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En los transportes públicos regulares de uso especial para escolares por carretera, ¿Cuándo será obligatoria la presencia de un acompañante en el vehículo?
A
Siempre.
B
Cuando como mínimo, la tercera parte de los viajeros sean menores de 12 años.
C
Cuando transporte alumnos de un centro de educación especial.