Definición legal
Carretera que no reúne las características propias de las autopistas, autovías y vías para automóviles.
RDL 6/2015, Anexo I, apartado 69Definición
Una carretera convencional es una carretera que no reúne las características de una autopista, una autovía ni una vía para automóviles. Puede tener cruces a nivel y accesos a propiedades colindantes.
Datos clave
- Velocidad máxima genérica: 90 km/h para turismos y motocicletas.
- En carreteras convencionales con separación física de sentidos, el titular puede fijar 100 km/h para turismos y motocicletas.
- Puede tener intersecciones a nivel y accesos a propiedades colindantes.
Truco para el examen
Comprueba la señalización, la visibilidad y las prohibiciones específicas antes de adelantar.
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En el examen DGT
- Un vehículo mixto adaptable, sin remolque ni transporte especial, circula por una autopista sin un límite específico inferior. ¿Cuál es su velocidad máxima genérica?
- Como límite genérico, y sin otra restricción inferior, ¿a qué velocidad máxima puede circular un turismo con remolque por una vía sin pavimentar fuera de poblado?
- En una carretera convencional fuera de poblado, sin separación física de sentidos ni otra limitación, el límite genérico de un turismo es 90 km/h. Sin causa que justifique una velocidad inferior, ¿cuál es su velocidad mínima?
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