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Glosario DGT
BA1A2AM

Prioridad de paso

La prioridad de paso, también llamada preferencia de paso, es el derecho de un usuario a pasar antes que otro cuando sus trayectorias se encuentran.

Definición legal

En una intersección sin señal que regule la preferencia, debes ceder el paso a los vehículos que se aproximan por tu derecha. Hay excepciones: vía pavimentada frente a vía sin pavimentar, vehículos sobre raíles, circulación dentro de una glorieta y vehículos que circulan por autopista o autovía frente a los que acceden.

RGC (RD 1428/2003), artículo 57 (resumen)

Definición

La prioridad de paso, también llamada preferencia de paso, es el derecho de un usuario a pasar antes que otro cuando sus trayectorias se encuentran. En intersecciones sin señalizar debes ceder a quien se aproxima por tu derecha, salvo las excepciones legales.

Orden de preferencia entre conductores

Cuando dos vehículos coinciden en una intersección sin señalización: 1) los vehículos de servicios de urgencia con dispositivos luminosos y acústicos en servicio; 2) los vehículos sobre raíles; 3) los demás vehículos por la derecha del que llega.

Datos clave

  • En intersección sin señales, prioridad por la derecha (regla general).
  • En rotonda, prioridad para los que ya circulan dentro del anillo.
  • Vehículos de emergencia con luz + sirena: prioridad absoluta.
  • Peatones en pasos señalizados: prioridad sobre los vehículos.

Truco para el examen

Si la pregunta no menciona señales en una intersección, asume regla general: prioridad para quien viene por la derecha.

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