- ¿Cuántas señales de tráfico hay y cómo se clasifican?
- Esta página reúne 315 señales verticales del catálogo oficial, agrupadas en las tres familias del Reglamento General de Circulación: 50 señales de peligro (código P-, triangulares con borde rojo), 73 de reglamentación (código R-, circulares: rojas para prohibir o restringir, azules para obligar) y 192 de indicación (código S-, rectangulares o cuadradas y normalmente azules). Cada señal tiene su página con el significado, la categoría y la forma.
- ¿Cuáles son las señales de tráfico de peligro?
- Son las 50 señales con código P-: triangulares, con borde rojo y fondo blanco, y advierten de un riesgo próximo en la vía —una curva, un paso a nivel, escolares o animales sueltos—. Ejemplos del catálogo: P-1 (intersección con prioridad), P-13A (curva peligrosa hacia la derecha), P-20 (peatones). No prohíben ni obligan a nada por sí mismas: te piden anticipar y moderar la velocidad.
- ¿Cuáles son las señales de tráfico de prohibición?
- Son las señales de reglamentación circulares con borde rojo, dentro del grupo de código R-. Prohíben o restringen una maniobra o un acceso, y su incumplimiento es sancionable: R-101 (entrada prohibida), R-305 (adelantamiento prohibido), R-301 (velocidad máxima). Junto a ellas, las circulares de fondo azul del mismo grupo R- no prohíben: obligan.
- ¿Cuáles son las señales de tráfico de obligación?
- Son las señales de reglamentación circulares de fondo azul, también dentro del código R-. Imponen un comportamiento concreto —una dirección, un carril o una velocidad mínima— en lugar de prohibirlo: R-401A (paso obligatorio), R-400A (sentido obligatorio). Se distinguen de un vistazo de las de prohibición por el color: azul obliga, rojo prohíbe.
- ¿Qué orden de prioridad siguen las señales si se contradicen?
- El orden general es: señales y órdenes de los agentes > señalización y balizamiento circunstanciales > semáforos > señales verticales > marcas viales. Es el orden del artículo 133 del Reglamento General de Circulación.
- ¿Qué significan los códigos P, R y S de cada señal?
- P = peligro (triángulos), R = reglamentación (círculos), S = indicación o información (rectángulos). Es la nomenclatura oficial del catálogo de señales del Reglamento General de Circulación, y la usamos como código de URL para que puedas encontrar rápido una señal por su referencia.
- ¿Cuáles son las nuevas señales de tráfico?
- Son las que incorpora o rediseña el catálogo aprobado por el Real Decreto 465/2025, de 10 de junio. La DGT describe estas: P-1e, P-20c, P-24a, P-33, P-35, R-2, R-118, R-120, S-1c, S-14 (a–f), S-47, S-51b, S-63b, S-70, S-105 (a–f), S-892, S-940, S-991g, S-992. En la tabla de esta página tienes el nombre oficial de cada una y qué indica, con enlace a su ficha cuando ya existe en nuestro catálogo.
- ¿Desde cuándo están en vigor las nuevas señales de tráfico?
- Desde el 1 de julio de 2025. El Real Decreto 465/2025, de 10 de junio se publicó en el BOE del 17 de junio de 2025 y entró en vigor ese día. Verlas en la carretera es otra cosa: la DGT avisó de que «el cambio físico de las señales se realizará de forma progresiva».
- ¿Entran las nuevas señales en el examen teórico de la DGT?
- En su nota de prensa del 10 de junio de 2025, la DGT anunció que «las nuevas señales no se incluirán de inmediato en los exámenes teóricos para dar tiempo a actualizar los manuales», con un plazo mínimo de tres meses desde la entrada en vigor. No decimos qué señales concretas caen hoy en el examen —la referencia para eso es la propia DGT—; lo que sí puedes hacer aquí es practicar con el catálogo completo.
- ¿Qué pasa con las señales antiguas?
- Siguen en la vía mientras se sustituyen, porque el cambio físico es progresivo. Las señales suprimidas por el nuevo catálogo deben retirarse en el plazo de un año desde la entrada en vigor, es decir, contando desde el 1 de julio de 2025. Las imágenes de este catálogo proceden del anterior (Real Decreto 1428/2003), que es el que la mayoría de las vías sigue mostrando.
- ¿Qué son las señales S-47 y R-118?
- S-47: Indica una zona de coexistencia con velocidad máxima de 20 km/h. R-118: Prohíbe la entrada a los vehículos de movilidad personal (VMP). Ambas figuran en la lista de señales que la DGT describe como nuevas o modificadas en el catálogo de 2025, junto a la R-120, que prohíbe la entrada según el distintivo ambiental del vehículo.