Respuesta correcta
Acera-bici
Acera-bici, según el concepto 77 del anexo I de la Ley de Tráfico. El carril-bici discurre adosado a la calzada, en uno o dos sentidos; la pista-bici tiene un trazado independiente de las carreteras. La definición vigente de acera-bici contempla que la circulación de otros vehículos necesita autorización de la autoridad competente; no significa que cualquier vehículo pueda utilizarla. No confunda acera con la superficie de la calzada.
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