Respuesta correcta
Sí.
Sí. Está prohibido fumar en los vehículos de transporte colectivo, incluidos los destinados al transporte escolar y de menores, conforme al artículo 7 de la Ley 28/2005. No es una prohibición limitada solo a una de esas dos denominaciones de servicio. Debe respetarse por quienes ocupan el vehículo.
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No, sólo en los destinados a transporte escolar.
Sí.
No, sólo en los destinados a menores.
Estado editorial: aprobado editorialmente. Este estado no acredita una revisión legal. Comunicar una corrección
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