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Se considera que un accidentado por siniestro vial está en parada cardíaca cuando tras un máximo de 10 segundos después de haberle hecho el boca a boca ni respira, ni se mueve.
Explicación
Se considera que un accidentado por siniestro vial está en parada cardíaca cuando tras un máximo de 10 segundos después de haberle hecho el boca a boca ni respira, ni se mueve.
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