
Opciones
No, sólo es obligatorio para algunos vehículos de transporte de mercancías.
Sí, siempre que dispongan de más de 17 plazas.
Sí, como norma general.
Como norma general, el limitador de velocidad es obligatorio para todos los autobuses, tanto para los de categoría M2 como para los de categoría M3, excepto para los que no puedan superar, por construcción, los 100 km/h.
Explicación
Como norma general, el limitador de velocidad es obligatorio para todos los autobuses, tanto para los de categoría M2 como para los de categoría M3, excepto para los que no puedan superar, por construcción, los 100 km/h.
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