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BDificultad 2/5

Desde el 1 de octubre de 2026, ¿está exento de llevar cinturón un repartidor por hacer trayectos urbanos cortos con cargas y descargas sucesivas?

Respuesta correcta

No; el reparto no concede esa exención.

No. La reforma del artículo 119 elimina la antigua exención por distribución de mercancías en trayectos cortos. Debe usar el cinturón cuando circula, salvo que concurra otra exención reglamentaria independiente, como las previstas para maniobras de marcha atrás o estacionamiento o por certificado médico. La actividad de reparto no concede por sí sola una exención.

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Todas las opciones

  • Sí, siempre que haga cargas y descargas sucesivas en trayectos cortos.

  • Sí, cualquier conductor está exento en poblado.

  • No; el reparto no concede esa exención.

Estado editorial: aprobado editorialmente. Este estado no acredita una revisión legal. Comunicar una corrección

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