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BDificultad 2/5

Desde un camino privado se incorpora a la calzada, ¿a qué velocidad debe hacerlo?

Respuesta correcta

A la que permita detenerse en el acto y ceder el paso.

A una velocidad que le permita detenerse en el acto y ceder el paso a los vehículos de la vía pública, cualquiera que sea su sentido, según el artículo 72.2. Compruebe antes que puede incorporarse sin peligro y señalice la maniobra. No debe entrar simplemente a la misma velocidad que los demás ni superar una velocidad fija de 50 km/h; señalizar no le concede prioridad.

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Todas las opciones

  • Siempre a más de 50 km/h.

  • A la misma velocidad que los demás, aunque no pueda cederles el paso.

  • A la que permita detenerse en el acto y ceder el paso.

Estado editorial: aprobado editorialmente. Este estado no acredita una revisión legal. Comunicar una corrección

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