Opciones
Cada seis meses.
Cada dos años.
Como titulares de una motocicleta tendremos la obligación de someterla a una inspección técnica reglamentaria en los plazos que establezca la ley. En el caso de las motocicletas la primera inspección se deberá pasar a los cuatro años de haber matriculado por primera vez el vehículo, y posteriormente cada dos años desde la anterior inspección.
Cada año, ya que la motocicleta tiene más de tres años de antigüedad.
Explicación
Como titulares de una motocicleta tendremos la obligación de someterla a una inspección técnica reglamentaria en los plazos que establezca la ley. En el caso de las motocicletas la primera inspección se deberá pasar a los cuatro años de haber matriculado por primera vez el vehículo, y posteriormente cada dos años desde la anterior inspección.
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