Respuesta correcta
está prohibido, como norma general.
Como norma general está prohibido adelantar en pasos de peatones señalizados y sus proximidades, conforme al artículo 87.1.b vigente desde el 1 de octubre de 2026. Ya no contiene la antigua excepción que autorizaba adelantar a cualquier vehículo por hacerlo a velocidad muy reducida. Los supuestos excepcionales del artículo 88 tienen sus propias condiciones de seguridad y usuarios o vehículos específicos; no equivalen a permiso general para adelantar cualquier turismo despacio. Respete siempre la prioridad peatonal.
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Todas las opciones
está prohibido, como norma general.
está permitido, como norma general.
sólo podrá realizarse a vehículos de dos ruedas.
Estado editorial: aprobado editorialmente. Este estado no acredita una revisión legal. Comunicar una corrección
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