Saltar al contenido
BDificultad 2/5

En un accidente sin heridos y con la seguridad vial restablecida, ¿cuándo debe avisarse a la autoridad por petición de los implicados?

Respuesta correcta

Si lo solicita alguna de las personas implicadas.

Cuando alguna persona implicada lo solicite. El artículo 129 regula el aviso, la colaboración y la identificación de los implicados; no debe entenderse que la ausencia de heridos permite ignorar esa solicitud. Deben facilitarse los datos pertinentes y actuar sin crear un nuevo peligro. Si existen heridos, víctimas o riesgos pendientes, se aplican las obligaciones de auxilio y aviso correspondientes.

Practica más preguntas del permiso B

Test rápido de 3 minutos con preguntas tipo examen. Gratis y sin registro.

Todas las opciones

  • Si lo solicita alguna de las personas implicadas.

  • Siempre por el mero hecho del accidente, aunque nadie lo solicite y no exista otra causa.

  • Nunca, aunque lo solicite una persona implicada.

Estado editorial: aprobado editorialmente. Este estado no acredita una revisión legal. Comunicar una corrección

Comparte esta pregunta

Sigue estudiando

Preguntas relacionadas