Respuesta correcta
No.
No. El artículo 15.3 admite el saliente posterior de hasta el 10 % de la longitud, o 15 % si la carga es indivisible, pero no un saliente delantero en este supuesto. Deben respetarse además las dimensiones y la estiba y señalización aplicables. No generalice la prohibición lateral a los vehículos de anchura inferior a un metro, que tienen una regla específica.
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Sí, hasta un 15% de la longitud del vehículo si la carga es indivisible.
No.
Sí, hasta un 10% de la longitud del vehículo.
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