Respuesta correcta
Sí, si no causa molestia indebida a los vehículos que circulan detrás más velozmente.
Sí, si se cerciora de que no causa molestia indebida a vehículos que circulen detrás más velozmente, como establece el artículo 83.1. No basta con la mera intención de seguir adelantando: la nueva maniobra debe ser permitida y segura. Cuando deba volver a la derecha, hágalo progresivamente, señalizando y sin poner en peligro a otros; no invada bruscamente un hueco insuficiente.
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Sí, si no causa molestia indebida a los vehículos que circulan detrás más velozmente.
Sí, siempre, aunque obstaculice a los vehículos que le siguen.
No, nunca puede permanecer para realizar otro adelantamiento permitido.
Estado editorial: aprobado editorialmente. Este estado no acredita una revisión legal. Comunicar una corrección
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