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BDificultad 2/5

Todas las preguntas del permiso B · Banco de preguntas DGT

En una carretera de doble sentido, adelantar al vehículo que va delante exige invadir el carril contrario en una curva de visibilidad reducida. ¿Está permitido hacerlo?

Respuesta correcta

No, porque requiere invadir el sentido contrario con visibilidad insuficiente.

No. El artículo 87 del Reglamento General de Circulación prohíbe adelantar cuando la visibilidad no permita efectuar la maniobra o desistir de ella con seguridad. La excepción requiere sentidos claramente delimitados y poder adelantar sin invadir la zona del sentido contrario; no se cumple el supuesto descrito. La ausencia de una señal de prohibición o de línea continua no autoriza la maniobra.

Base legal: art. 87 RGC

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Todas las opciones

  • No, porque requiere invadir el sentido contrario con visibilidad insuficiente.

  • Sí, si no hay señal vertical de prohibición de adelantamiento.

  • Sí, si no hay una línea continua.

Estado editorial: aprobado editorialmente. Este estado no acredita una revisión legal. Comunicar una corrección

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