Respuesta correcta
No, también se exige a remolques y semirremolques no agrícolas.
No. El anexo X del Reglamento General de Vehículos exige esta iluminación también a remolques y semirremolques no agrícolas, además de las categorías de vehículos de motor correspondientes. Por eso es incorrecto limitarla a vehículos de motor. Los requisitos se consultan por categoría: no todos los vehículos, por ejemplo una bicicleta ordinaria, llevan matrícula posterior ni esta luz. Tampoco debe atribuirse universalmente a vehículos de tracción animal.
Base legal: anexo X RGV
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No, también se exige a remolques y semirremolques no agrícolas.
Sí, los remolques nunca necesitan esa iluminación.
Sí, y solo cuando se trata de camiones.
Estado editorial: aprobado editorialmente. Este estado no acredita una revisión legal. Comunicar una corrección
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