Opciones
No, el chaleco reflectante no es obligatorio para los turismos.
Respuesta incorrecta para esta pregunta del banco de practica.
No.
Los conductores de turismos, autobuses, automóviles destinados al transporte de mercancías, vehículos mixtos, conjuntos de vehículos no agrícolas, así como los conductores y personal auxiliar de los vehículos piloto de protección y acompañamiento deberán llevar de forma obligatoria en el vehículo un chaleco reflectante de alta visibilidad a mano. Aunque no es obligatorio, será recomendable que se lleve un segundo chaleco en el vehículo para que se lo pueda poner uno de los acompañantes.
Sí, ya que deberá ponérselo si sale del vehículo y ocupa la calzada en una vía interurbana.
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Explicación
Los conductores de turismos, autobuses, automóviles destinados al transporte de mercancías, vehículos mixtos, conjuntos de vehículos no agrícolas, así como los conductores y personal auxiliar de los vehículos piloto de protección y acompañamiento deberán llevar de forma obligatoria en el vehículo un chaleco reflectante de alta visibilidad a mano. Aunque no es obligatorio, será recomendable que se lleve un segundo chaleco en el vehículo para que se lo pueda poner uno de los acompañantes.
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