Opciones
Dejando una separación lateral de seguridad, proporcional al ancho de la calzada.
Dejando una separación lateral no inferior a 1,50 m.
Cuando se adelante fuera de poblado a peatones, animales o a vehículos de dos ruedas o de tracción animal, se deberá realizar la maniobra ocupando parte o la totalidad del carril contiguo de la calzada, y la separación lateral no será inferior a 1,50 metros.
En general, en estos casos no se debe realizar el adelantamiento por razones de seguridad.
Explicación
Cuando se adelante fuera de poblado a peatones, animales o a vehículos de dos ruedas o de tracción animal, se deberá realizar la maniobra ocupando parte o la totalidad del carril contiguo de la calzada, y la separación lateral no será inferior a 1,50 metros.
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