Respuesta correcta
Sí, cumpliendo homologación, instalación y trámites de reforma que correspondan.
Sí, si los dispositivos y su instalación cumplen la normativa de homologación y alumbrado aplicable y se tramita la reforma e inspección ITV cuando corresponda. Deben respetarse los límites técnicos, número, colocación e intensidad autorizados para el vehículo; no existe una autorización genérica por respetar un supuesto máximo de metros del Reglamento de Circulación. El artículo 15 del Reglamento General de Vehículos prohíbe luces no autorizadas. En circulación, sustituya las largas por cruce si puede deslumbrar.
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No, ninguna instalación reglamentaria de faros adicionales está permitida.
Sí, cumpliendo homologación, instalación y trámites de reforma que correspondan.
Sí, cualquier faro sirve si ilumina más lejos.
Estado editorial: aprobado editorialmente. Este estado no acredita una revisión legal. Comunicar una corrección
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