Respuesta correcta
Sí
Sí. El artículo 118 del Reglamento General de Circulación contempla motocicletas con o sin sidecar provistas de estructura de autoprotección y cinturones de seguridad, siempre que conste así en su tarjeta de inspección técnica o certificado de características. En esos vehículos, tanto el conductor como los pasajeros deben utilizar el cinturón en vías urbanas e interurbanas, y en esas condiciones quedan exentos de casco, guantes y calzado cerrado obligatorio. La mera presencia de un sidecar no basta para aplicar esta excepción; tampoco depende de superar 500 cm³.
Base legal: art. 118 RGC
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No
Únicamente aquellas de cilindrada superior a 500 cc
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