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BDificultad 2/5

¿Pueden los agentes de tráfico inmovilizar un vehículo que supera los niveles de emisiones permitidos reglamentariamente para su tipo?

Respuesta correcta

Sí

Sí. El artículo 104.1.h de la Ley de Tráfico permite la inmovilización cuando el vehículo supera los niveles reglamentarios de gases, humos o ruido. No es el artículo 84 del Reglamento de Circulación: esa referencia era incorrecta y desactualizada. En este supuesto, el artículo 104.3 exige, para levantar la medida, la certificación del taller designado por el agente de que ya no se superan los niveles permitidos. No basta una promesa de repararlo.

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Todas las opciones

  • Sí

  • No, no será advertido ni inmovilizado

  • No, únicamente puede ser advertido pero no inmovilizado

Estado editorial: aprobado editorialmente. Este estado no acredita una revisión legal. Comunicar una corrección

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