Respuesta correcta
Sí, también en controles preventivos y aunque no muestre síntomas.
Sí. Los agentes encargados de vigilar el tráfico pueden requerir a un conductor la prueba en un control preventivo, sin necesidad de observar síntomas, y existe obligación de someterse conforme al artículo 14 de la Ley de Tráfico. El procedimiento de drogas utiliza un dispositivo salival autorizado y un posterior análisis de muestra; no es el mismo instrumento que la alcoholemia. La ley prevé prueba de contraste y alternativas médicas cuando hay razones justificadas que impiden la prueba ordinaria.
Base legal: art. 14 LSV
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Sí, también en controles preventivos y aunque no muestre síntomas.
No, porque no existen pruebas para detectar drogas.
No, si el conductor no muestra síntomas.
Estado editorial: aprobado editorialmente. Este estado no acredita una revisión legal. Comunicar una corrección
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