
Opciones
0,20 miligramos de alcohol por litro de aire expirado.
Los conductores de vehículos destinados al transporte de viajeros de mas de nueve plazas, o de transporte escolar como en este caso, no podrán conducir con una tasa de alcohol superior a 0,3 gramos por litro de sangre (1000 centímetros cúbicos) o 0,15 miligramos por litro de aire espirado. Es por ello que 0,20 miligramos de alcohol por litro espirado es una tasa de alcohol no permitida por superar los 0,15 máximos.
0,05 miligramos de alcohol por litro de aire expirado.
Respuesta incorrecta para esta pregunta del banco de practica.
0,10 miligramos de alcohol por litro de aire expirado.
Respuesta incorrecta para esta pregunta del banco de practica.
Explicación
Los conductores de vehículos destinados al transporte de viajeros de mas de nueve plazas, o de transporte escolar como en este caso, no podrán conducir con una tasa de alcohol superior a 0,3 gramos por litro de sangre (1000 centímetros cúbicos) o 0,15 miligramos por litro de aire espirado. Es por ello que 0,20 miligramos de alcohol por litro espirado es una tasa de alcohol no permitida por superar los 0,15 máximos.
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