Opciones
No, en ningún caso
Sí, es uno de los casos en los que está permitido
La circulación marcha atrás que realicemos con nuestro vehículo para incorporarnos de nuevo a la circulación tras una parada o estacionamiento, es uno de los supuestos en que el Reglamento de Circulación permite circular marcha atrás sin que ello conlleve una sanción.
Sí, pero solo en vías urbanas
Explicación
La circulación marcha atrás que realicemos con nuestro vehículo para incorporarnos de nuevo a la circulación tras una parada o estacionamiento, es uno de los supuestos en que el Reglamento de Circulación permite circular marcha atrás sin que ello conlleve una sanción.
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