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Normativa y circulación
BNormativa y circulación·Dificultad 1/5

Si el equipaje dificulta la visibilidad a través de la luneta posterior, ¿qué espejos son obligatorios?

Opciones

  • Uno interior panorámico y el exterior izquierdo.

    El Reglamento de Circulación indica que los vehículos destinados al transporte de personas de hasta 9 plazas (incluida la del conductor) deberán llevar de forma obligatoria el espejo retrovisor izquierdo y el central, siendo el derecho opcional. Si se da el caso de que el central queda inhabilitado por alguna circunstancia, como en este caso por dificultar el equipaje la visibilidad a través de la luneta posterior, será obligatorio que el vehículo lleve los dos retrovisores exteriores, uno a cada lado del mismo.

  • Los dos exteriores, uno a cada lado.

    Respuesta incorrecta para esta pregunta del banco de practica.

  • Uno interior panorámico y el exterior derecho.

    Respuesta incorrecta para esta pregunta del banco de practica.

Explicación

El Reglamento de Circulación indica que los vehículos destinados al transporte de personas de hasta 9 plazas (incluida la del conductor) deberán llevar de forma obligatoria el espejo retrovisor izquierdo y el central, siendo el derecho opcional. Si se da el caso de que el central queda inhabilitado por alguna circunstancia, como en este caso por dificultar el equipaje la visibilidad a través de la luneta posterior, será obligatorio que el vehículo lleve los dos retrovisores exteriores, uno a cada lado del mismo.

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