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BDificultad 1/5

Si se realiza en un vehículo una modificación que está clasificada legalmente como reforma, ¿debe presentarse a inspección técnica para tramitarla?

Respuesta correcta

Sí, con la documentación exigida y dentro del plazo de 15 días.

Sí. El artículo 8 del Real Decreto 866/2010 obliga a presentarlo a inspección en un plazo máximo de 15 días desde la reforma, con la documentación exigida por el Manual de Reformas. Una ITV periódica reciente no elimina esta obligación. El certificado del taller puede formar parte de la documentación, pero no sustituye la inspección de reforma ni su anotación en la tarjeta ITV cuando el resultado es favorable. No toda reparación o sustitución equivalente constituye una reforma; se debe comprobar su clasificación y requisitos.

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Todas las opciones

  • Sí, con la documentación exigida y dentro del plazo de 15 días.

  • No, basta siempre el certificado del taller.

  • No, si la última ITV periódica fue hace menos de dos años.

Estado editorial: aprobado editorialmente. Este estado no acredita una revisión legal. Comunicar una corrección

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