Respuesta correcta
Sí, y mostrarlo a los agentes de tráfico si lo solicitan.
Sí. El artículo 10.3 del Real Decreto 920/2017 prevé que los agentes encargados de la vigilancia del tráfico puedan requerir el informe de la última inspección técnica. Conserve el informe para poder exhibirlo si se lo solicitan, aunque el resultado sea favorable y no haya defectos leves. El distintivo ITV no sustituye ese informe. Desde 2008 no es obligatorio llevar la póliza ni el recibo del seguro en el vehículo.
Practica más preguntas del permiso D
Autoevaluación con preguntas tipo examen sobre Señales. Gratis y sin registro.
Todas las opciones
Sí, y mostrarlo a los agentes de tráfico si lo solicitan.
No, el distintivo del parabrisas sustituye el informe.
Solo si se ha detectado algún defecto leve.
Estado editorial: aprobado editorialmente. Este estado no acredita una revisión legal. Comunicar una corrección
Sigue estudiando
Preguntas relacionadas
- Ante una señal de ceda el paso con un autobús de D1 o D, debes:
- En 2026, un turismo matriculado en España queda inmovilizado por avería en el arcén. ¿Cómo debe preseñalizar el peligro?
- Si conduce un autobús, como norma general, ¿puede circular por un carril reversible?
- Un autobús con MMA superior a 3.500 kg circula solo con el conductor. ¿Puede utilizar un carril VAO?
- Conduce un autobús y encuentra la señal B de la imagen antes de un estrechamiento sin pendiente. Un conjunto de vehículos se aproxima en sentido contrario. Ninguno ha entrado aún y no hay un agente ni otra señal que modifique la prioridad. ¿Quién tiene prioridad?
- Su autobús está autorizado a circular por un carril reversible delimitado a ambos lados por marcas longitudinales discontinuas dobles. ¿Qué debe hacer?