Respuesta correcta
El camión que conducimos.
El camión tiene preferencia. En este supuesto se aplica el orden del artículo 62: los camiones preceden a las motocicletas de dos ruedas sin sidecar. La ausencia de marcha atrás no concede preferencia a la motocicleta. Si un vehículo ya hubiera entrado primero, se aplicaría el artículo 60; en un tramo de gran pendiente existe la regla específica del artículo 63.
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La motocicleta, por no tener sidecar.
El camión que conducimos.
La motocicleta, por no tener marcha atrás.
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