Respuesta correcta
56 horas.
El máximo ordinario semanal es de 56 horas; no es una ampliación excepcional. En dos semanas consecutivas no pueden acumularse más de 90 horas. La semana va del lunes a las 00:00 al domingo a las 24:00. También se aplican los límites diarios, pausas, descansos y el límite de tiempo de trabajo correspondiente. El supuesto excluye servicios exentos y excepciones legales; no todos los autobuses están sometidos a este régimen.
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54 horas.
90 horas.
56 horas.
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