Respuesta correcta
No.
No: el permiso cuya vigencia ha vencido no autoriza a conducir. Para las clases AM, A1, A2, A, B y B+E, la vigencia ordinaria es de diez años antes de los 65 y de cinco años a partir de esa edad; puede reducirse por razones de aptitud psicofísica. Puede solicitar la prórroga aunque haya caducado, pero debe disponer de una autorización vigente para conducir el vehículo correspondiente.
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Sí, porque aunque haya caducado tiene permiso.
Solo si no ha transcurrido más de un año la fecha de caducidad.
No.
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