Opciones
Sí, porque circula en servicio urgente.
Los vehículos de policía, extinción de incendios, protección civil y salvamento, y de asistencia sanitaria, pública o privada, que circulen en servicio urgente, advertirán de su presencia utilizando a la vez la señal luminosa y el aparato emisor de señales acústicas especiales. Excepcionalmente, podrán utilizar únicamente la señal luminosa para advertir de que circula en servicio urgente cuando la omisión de las señales acústicas especiales no suponga un peligro para los demás usuarios. En todo caso cuando circule en servicio urgente deberemos facilitarle el paso.
No, en ningún caso.
No, si no utiliza también las señales acústicas especiales.
Explicación
Los vehículos de policía, extinción de incendios, protección civil y salvamento, y de asistencia sanitaria, pública o privada, que circulen en servicio urgente, advertirán de su presencia utilizando a la vez la señal luminosa y el aparato emisor de señales acústicas especiales. Excepcionalmente, podrán utilizar únicamente la señal luminosa para advertir de que circula en servicio urgente cuando la omisión de las señales acústicas especiales no suponga un peligro para los demás usuarios. En todo caso cuando circule en servicio urgente deberemos facilitarle el paso.
Practica más preguntas del permiso B
Simulacro tipo examen, test por temas y repaso de fallos. Gratis y sin registro.
Sigue estudiando
Preguntas relacionadas
- Un conductor se ve forzado a realizar un servicio de emergencia. ¿Qué luces deberá encender?
- ¿Cómo se denominan los vehículos que tienen preferencia de paso por la urgencia de los servicios que prestan?
- ¿Puede un vehículo no prioritario en servicio de emergencia utilizar señales acústicas?
- ¿Tiene prioridad de paso una ambulancia que circule con las señales luminosas apagadas?
- ¿Cuándo está permitido utilizar las señales acústicas?