Respuesta correcta
Desde la fecha de primera matriculación.
Desde la primera matriculación, no desde la compra. Las motocicletas del régimen ordinario están exentas hasta cuatro años y después su inspección es bienal. La norma computa la antigüedad desde la primera matriculación o puesta en servicio que conste en el Registro de Vehículos. El régimen de escuela de conductores es distinto; no aplique este plazo a cualquier uso sin comprobarlo. Respete la fecha de vencimiento que corresponda y no confunda la exención inicial con una exención permanente.
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Desde la fecha de compra, aunque se matriculase antes.
No existe plazo porque todas las motocicletas están exentas permanentemente.
Desde la fecha de primera matriculación.
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