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Cada año.
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Cada seis meses.
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Cada dos años.
Los cuadriciclos ligeros, así como las motocicletas, vehículos de tres ruedas, cuadriciclos, quads y ciclomotores de tres ruedas deberán pasar su primera Inspección Técnica de Vehículos reglamentaria a los 4 años tras su matriculación, y tras esta cada dos años.
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Los cuadriciclos ligeros, así como las motocicletas, vehículos de tres ruedas, cuadriciclos, quads y ciclomotores de tres ruedas deberán pasar su primera Inspección Técnica de Vehículos reglamentaria a los 4 años tras su matriculación, y tras esta cada dos años.
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