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La velocidad
BLa velocidad·Dificultad 3/5

¿A que velocidad máxima podrán circular los vehículos que carguen mercancías peligrosas en poblado?

¿A que velocidad máxima podrán circular los vehículos que carguen mercancías peligrosas en poblado?

Opciones

  • 50 kilómetros por hora.

    La velocidad máxima que no deberán rebasar los vehículos en vías urbanas y travesías se establece, con carácter general, en 50 kilómetros por hora, salvo para los vehículos que transporten mercancías peligrosas, que circularán como máximo a 40 kilómetros por hora.

  • 60 kilómetros por hora.

    Respuesta incorrecta para esta pregunta del banco de practica.

  • 40 kilómetros por hora.

    Respuesta incorrecta para esta pregunta del banco de practica.

Explicación

La velocidad máxima que no deberán rebasar los vehículos en vías urbanas y travesías se establece, con carácter general, en 50 kilómetros por hora, salvo para los vehículos que transporten mercancías peligrosas, que circularán como máximo a 40 kilómetros por hora.

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