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DDificultad 2/5

Bajo el régimen del artículo 3 del Real Decreto 443/2001, cumpliendo los requisitos aplicables y sin acudir al régimen territorial especial, ¿pueden superar diez años al inicio del curso autobuses de transporte escolar y autobuses de transporte de menores?

Respuesta correcta

Tanto los destinados al transporte escolar como al transporte de menores.

Sí, pueden hacerlo ambos, dentro de sus condiciones aplicables y sin superar dieciséis años al inicio del curso. En el transporte regular de uso especial escolar, la adscripción de un vehículo de más de diez años requiere acreditar que ya se dedicaba a esa clase de transporte o aportar el certificado de desguace previsto. No se exige únicamente haber prestado ese servicio en el curso anterior: son vías de acreditación distintas. El cómputo toma el 1 de septiembre.

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Todas las opciones

  • Tanto los destinados al transporte escolar como al transporte de menores.

  • Únicamente los destinados al transporte de menores.

  • Únicamente los destinados al transporte escolar.

Estado editorial: aprobado editorialmente. Este estado no acredita una revisión legal. Comunicar una corrección

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