Respuesta correcta
Sí, en la medida de lo posible.
Sí, en la medida de lo posible y sin crear peligro. La obligación del que se incorpora de ceder el paso no elimina el deber de los demás de facilitar la maniobra. Puede ajustar la velocidad o cambiar de carril si es legal y seguro, comprobando antes el tráfico y señalizando el desplazamiento cuando corresponda; no está obligado a invadir otro carril ni a frenar bruscamente. La obligación no se limita a autobuses, aunque se presta especial atención a los de transporte colectivo que salen de una parada señalizada. Facilitar la incorporación no concede al otro vehículo prioridad incondicional.
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No, nunca, ya que le otorga la prioridad.
Sí, en la medida de lo posible.
Sólo si se trata de vehículos de transporte colectivo de viajeros.
Estado editorial: aprobado editorialmente. Este estado no acredita una revisión legal. Comunicar una corrección
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