Respuesta correcta
Sí.
Sí. La obligación no se limita a turismos o autobuses de menos de 3.500 kg: también se aplica al conductor del autobús con cinturón en su asiento. Hay exenciones concretas, como la maniobra de marcha atrás o estacionamiento y determinados certificados médicos válidos; por eso no debe afirmarse que la maniobra sea la única excepción. El supuesto excluye cualquier exención y exige llevar el cinturón correctamente abrochado.
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No, sólo es obligatorio en los autobuses de menos de 3500 kg de MMA.
No, sólo es obligatorio en los turismos.
Sí.
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