Respuesta correcta
Sí
Sí. En el régimen ordinario, las motocicletas están exentas de ITV periódica hasta los cuatro años y después la pasan cada dos años. La antigüedad se cuenta desde la primera matriculación o puesta en servicio. Una cilindrada de 125 cm³ o inferior no las exime. Los ciclomotores tienen su propia periodicidad; los vehículos históricos y otros supuestos especiales pueden tener un régimen distinto. Consulte la fecha de inspección que corresponda al vehículo.
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Sí
Únicamente aquellas de cilindrada superior a 125 cc
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