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Glosario DGT
AMB

Ciclomotor

Vehículo de dos o tres ruedas con motor de cilindrada ≤50 cm³ y velocidad máxima por construcción de 45 km/h.

Definición

Un ciclomotor es un vehículo de dos o tres ruedas (o un cuadriciclo ligero) con motor de cilindrada inferior o igual a 50 cm³ (o 4 kW para motores eléctricos) y una velocidad máxima por construcción de 45 km/h. Para conducirlo se necesita el permiso AM, que se puede obtener desde los 15 años.

Datos clave

  • Cilindrada máxima: 50 cm³ · velocidad máxima por construcción: 45 km/h.
  • Permiso necesario: AM (desde los 15 años).
  • No puede circular por autopistas ni autovías.
  • Solo puede llevar pasajero a partir de los 18 años del conductor.

Truco para el examen

Recuerda: si el vehículo supera los 50 cm³ o los 45 km/h, ya no es ciclomotor sino motocicleta y requiere permiso A1, A2 o A.

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