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BDificultad 3/5

Con la normativa vigente desde el 1 de octubre de 2026, ¿a qué conductores de bicicleta exige casco el artículo 118.2 en una vía urbana?

Respuesta correcta

A los menores de 16 años y a los conductores que desarrollan su actividad profesional en bicicleta.

A los menores de 16 años y a quienes desarrollan su actividad profesional en bicicletas y demás ciclos. Debe ser homologado o certificado y estar adecuadamente abrochado. No limite la obligación urbana a la edad: la actividad profesional también cuenta. En vías interurbanas se exige además a los adultos que no realizan esa actividad.

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Todas las opciones

  • A nadie, porque solo se exige fuera de poblado.

  • A los menores de 16 años y a los conductores que desarrollan su actividad profesional en bicicleta.

  • Solo a quienes circulen cuesta abajo.

Estado editorial: aprobado editorialmente. Este estado no acredita una revisión legal. Comunicar una corrección

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