Respuesta correcta
El que resulte de las normas nacionales y laborales aplicables a ese servicio.
Se aplican las normas nacionales y laborales correspondientes al servicio. El transporte de viajeros en servicios regulares cuyo recorrido no supera 50 km está excluido del Reglamento (CE) 561/2006, por lo que no debe asignarse automáticamente su límite de 90 horas en dos semanas. La exención no permite conducir sin límites ni descansar menos: la normativa aplicable debe regular y proteger los tiempos de conducción, las pausas y los descansos. No toda ruta corta queda exenta; debe ser un servicio regular comprendido en ese supuesto.
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Siempre 70 horas, cualquiera que sea la normativa aplicable.
El que resulte de las normas nacionales y laborales aplicables a ese servicio.
Siempre 90 horas, por aplicación automática del Reglamento (CE) 561/2006.
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