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DDificultad 3/5

Un conductor de autobús sujeto a los límites ordinarios del Reglamento (CE) 561/2006 ha conducido 56 horas en una semana. Por el límite de dos semanas consecutivas, ¿cuánto puede conducir como máximo la siguiente?

Respuesta correcta

34 horas.

Como máximo, 34 horas: 90 menos 56. El límite ordinario es de 56 horas en una semana y 90 en dos semanas consecutivas. La semana se cuenta desde las 00:00 del lunes hasta las 24:00 del domingo. También deben respetarse los límites diarios, pausas y descansos; disponer de 34 horas no permite repartirlas de cualquier forma. Este supuesto se refiere a un servicio sujeto al reglamento y a sus límites ordinarios, no a todos los autobuses ni a una excepción legal.

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Todas las opciones

  • 34 horas.

  • 56 horas.

  • 45 horas.

Estado editorial: aprobado editorialmente. Este estado no acredita una revisión legal. Comunicar una corrección

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