Respuesta correcta
Sí, a todo el grupo.
Sí, a todo el grupo. El artículo 64 del Reglamento General de Circulación da prioridad frente a los vehículos a motor al grupo de ciclistas cuando el primero ya ha iniciado un cruce o entrado en una glorieta. Reduzca la velocidad y espere si es necesario, sin dividir el grupo. Esta regla no autoriza a los ciclistas a desobedecer a un agente ni un semáforo rojo.
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No, porque los ciclistas no tienen prioridad.
Sí, a todo el grupo.
Sí, pero sólo al primer ciclista.
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Términos del glosario en esta pregunta
Rotonda (glorieta)
Intersección de circulación giratoria que se recorre dejando su centro a la izquierda y en la que tienen prioridad los vehículos que ya circulan por la vía circular.
Semáforo
Dispositivo luminoso que regula el tráfico mediante luces rojas, ámbar y verdes. Precede a las señales verticales y las marcas viales, pero no a los agentes ni a la señalización circunstancial y el balizamiento.
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