Respuesta correcta
En medio de la calzada.
El estacionamiento en medio de la calzada figura expresamente en el artículo 91.2.l. El artículo 91.2.h incluye también la doble fila sin conductor. El estacionamiento en zonas señalizadas para uso exclusivo de personas con discapacidad está prohibido por el artículo 94.2.d; esa prohibición no se enumera expresamente en el 91.2. Las otras opciones del enunciado describen un estacionamiento autorizado que no obstruye ni crea peligro. Deben respetarse también la señalización y las demás prohibiciones de parada y estacionamiento.
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En una plaza permitida y correctamente utilizada, sin crear peligro ni obstrucción.
En medio de la calzada.
En un aparcamiento habilitado y cumpliendo sus condiciones de uso, sin obstruir.
Estado editorial: aprobado editorialmente. Este estado no acredita una revisión legal. Comunicar una corrección
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