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DDificultad 3/5

Cuando se exige acompañante en un transporte escolar, ¿dónde debe ocupar plaza?

Respuesta correcta

En las inmediaciones de la puerta de servicio central o trasera.

Debe ocupar una plaza en las inmediaciones de la puerta de servicio central o trasera, según el artículo 8 del Real Decreto 443/2001. No basta con elegir cualquier plaza en la parte trasera, lejos de esas puertas, ni la ubicación es indiferente. La norma exige proximidad a la puerta de servicio indicada; no establece que siempre deba ocupar un único asiento concreto, el más cercano de todos.

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Todas las opciones

  • En cualquier plaza trasera, aunque esté lejos de las puertas de servicio.

  • En las inmediaciones de la puerta de servicio central o trasera.

  • En cualquier plaza: su ubicación es indiferente.

Estado editorial: aprobado editorialmente. Este estado no acredita una revisión legal. Comunicar una corrección

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