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BDificultad 2/5

¿En cuál de estas situaciones es obligatorio que un turismo en circulación lleve encendido el alumbrado correspondiente, con independencia de que la vía esté bien iluminada?

Respuesta correcta

Entre el ocaso y la salida del sol.

Entre el ocaso y la salida del sol. La iluminación de la vía condiciona qué luces deben utilizarse, no elimina la obligación nocturna. También debe utilizar alumbrado en túneles y pasos inferiores a cualquier hora y cuando la visibilidad disminuya sensiblemente. Para niebla y condiciones análogas, el artículo 106 permite antiniebla delantera o corto o largo alcance, con las limitaciones de los artículos 100 a 102 y sin deslumbrar; no exige siempre corto alcance en todo supuesto. La antiniebla trasera se reserva a condiciones especialmente desfavorables. Circular de día por un puente abierto o por un carril VAO de sentido normal no impone, por ese solo motivo, alumbrado obligatorio.

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Todas las opciones

  • Siempre por el solo hecho de circular de día por un carril VAO de sentido normal, con buena visibilidad.

  • Entre el ocaso y la salida del sol.

  • Siempre por el solo hecho de cruzar de día un puente abierto, con buena visibilidad.

Estado editorial: aprobado editorialmente. Este estado no acredita una revisión legal. Comunicar una corrección

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