Opciones
Un carril de uso exclusivo para determinado vehículos.
La vía sin pavimentar.
Una glorieta sobre los que pretenden entrar en ella.
El artículo 57 del Reglamento de Circulación nos dice que en defecto de señalización que regule la prioridad de paso de los vehículos, el conductor estará obligado a ceder el paso a los vehículos que se aproximen por su derecha, excepto en algunos casos como las glorietas en que los que se encuentren ya dentro de la vía circular tendrán preferencia de paso sobre los que pretendan acceder a ella.
Explicación
El artículo 57 del Reglamento de Circulación nos dice que en defecto de señalización que regule la prioridad de paso de los vehículos, el conductor estará obligado a ceder el paso a los vehículos que se aproximen por su derecha, excepto en algunos casos como las glorietas en que los que se encuentren ya dentro de la vía circular tendrán preferencia de paso sobre los que pretendan acceder a ella.
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Términos del glosario en esta pregunta
Rotonda (glorieta)
Intersección de circulación giratoria que se recorre dejando su centro a la izquierda y en la que tienen prioridad los vehículos que ya circulan por la vía circular.
Prioridad de paso
Reglas que determinan qué vehículo o usuario debe pasar primero cuando dos o más coinciden en una intersección o maniobra.
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