Respuesta correcta
No, porque no concurre una condición que permita su uso.
No en esas condiciones. El artículo 106 permite las antiniebla delanteras cuando la visibilidad disminuye sensiblemente y también en vías de calzada de 6,50 metros o menos señalizadas con una sucesión de curvas próximas; el enunciado excluye ese supuesto. La antiniebla trasera solo debe usarse con condiciones especialmente desfavorables, como niebla espesa o lluvia muy intensa. No están prohibidas por el mero hecho de circular por una travesía: lo decisivo son las condiciones de uso.
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Sí, siempre se pueden usar como iluminación adicional.
No, porque las antiniebla están prohibidas siempre en travesías.
No, porque no concurre una condición que permita su uso.
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