Definición
Las luces antiniebla son luces de uso restringido a condiciones de baja visibilidad: niebla densa, lluvia intensa o nevada copiosa. Las delanteras son opcionales en los vehículos. Las traseras, de un rojo más intenso que las de posición, son obligatorias y solo deben usarse cuando la visibilidad sea inferior a 50 metros.
Datos clave
- Las antiniebla traseras son obligatorias; las delanteras, opcionales.
- Usar las traseras con buena visibilidad puede deslumbrar a otros conductores y es sancionable.
- Se activan solo con visibilidad menor de 50 metros (niebla densa, lluvia fuerte, nevada).
Truco para el examen
El examen suele preguntar cuándo es obligatorio encender las luces antiniebla traseras: con visibilidad muy reducida (≤50 m), no solo cuando llueve.
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